PROYECTO DE REFORMA
Buscando no solo beneficiar con nuestros servicios jurídicos a las personas a las que directamente defendemos en Renace decidimos formar un equipo de trabajo que se dedica a promover la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio tanto a nivel estatal como nacional.
Para ello, hemos llevado a cabo múltiples actividades como:
- Capacitaciones y pláticas a maestros de facultades de derecho, a estudiantes, a miembros de asociaciones defensoras de los derechos humanos, etc, sobre la nueva forma de operar y hacer justicia en el contexto de un sistema acusatorio.
- Investigaciones sobre el uso excesivo de la prisión preventiva a nivel nacional y sus efectos.
- Hemos publicado libros y revistas sobre el significado de los juicios orales, la presunción de inocencia y la seguridad pública, etc.
- Apoyamos la filmación y proyección de videos documentales sobre las fallas del sistema de justicia penal mexicano y su contraste con los juicios orales.
- Evaluamos el Sistema de Juicios Orales adoptado en Nuevo León en el 2004, entre otras muchas cosas.
Desde el año 2001 hemos estado participando activamente con el Gobierno del Estado de Nuevo León en la implementación del nuevo sistema acusatorio de justicia, al grado de que Renace forma parte de la Comisión de seguimiento a la implementación del sistema acusatorio de Justicia y actualmente participa en la redacción del nuevo código de procedimientos penales donde el Poder Judicial liderea el proyecto.
Incluso, como sociedad civil y miembros de la Red Nacional a favor de los Juicios Orales y el Debido Proceso, participamos junto con muchas otras asociaciones y organismos con propuestas legislativas y cabildeo político para lograr, a nivel constitucional, la implementación del Sistema Acusatorio de Justicia en materia penal.
Actualmente estamos analizando la posibilidad de evaluar los nuevos sistemas de justicia implementados por los estados de Chihuahua y Morelos, pues dichas entidades federativas ya cuentan con un sistema acusatorio de justicia. Sin embargo recientemente han presentado iniciativas de reforma que pudieran ir en contra de la esencia de un sistema acusatorio y por lo tanto desencadenen indicadores de una posible contrarreforma.
a. Fallas del Sistema de Justicia en materia penal:
Después de años de trabajar evitando injusticias nos dimos cuenta eran las propias leyes o códigos penales los generadores de violaciones a los derechos humanos y al debido proceso de las personas que defendíamos.
Para documentar las graves fallas del Sistema de Justicia Penal en nuestro país, nos dimos a la tarea de analizar en el año 2005 los últimos 100 casos de los que habíamos asumido su defensa. De los 100 casos 7 se resolvieron en la averiguación previa y 93 llegaron hasta el Juez, con las violaciones que enseguida se citan:
I. VIOLACIONES AL DEBIDO PROCESO ANTE EL MINISTERIO PÚBLICO:
- Desahogo de pruebas sin notificación. En 93 casos no se notificó oportunamente al acusado de la denuncia en su contra. Solo en 7 casos fueron notificados.
- Derecho a la contradicción. Mismas violaciones (93). Al no tener conocimiento de la denuncia el acusado no la pudo contradecir o defenderse. En 7 casos restantes sí pudo y la violación fue mínima.
- Escribientes desahogan las pruebas. En los 100 casos el ministerio público estuvo ausente pues fueron sus escribientes (susceptibles a manipulación y corrupción) quienes integraron la investigación.
- Indebida integración de las pruebas. Afectó en 93 casos. Al ser los escribientes quienes desahogan las pruebas se genera una incorrecta valoración pues en su mayoría son gente no profesional.

II.- VIOLACIONES AL DEBIDO PROCESO EN LOS JUZGADOS:
- Escribientes desahogan las pruebas. La presencia del Juez en desahogo de pruebas fue casi nula. Son escribientes los que imparten justicia. En 91 casos estuvo ausente. Solo en 2 casos intervino.
- Limitación al derecho de defensa. Nuestra legislación prohíbe interrogar a nivel juzgado a testigos sobre hechos ya declarados con el Ministerio Público. Esta limitación afectó a 91 de los casos.
- El Ministerio Público no persigue el delito. En 90 casos omitió ofrecer y desahogar pruebas ante el juez, lo que violenta la presunción de inocencia y obliga a probar al acusado que es inocente.
- Inclinación sobre las pruebas de averiguación previa. Una causa de sentencias injustas es que el juez otorga mayor valor a las pruebas del ministerio público que a las propias. Esa violación se aplicó en 40 casos.
En 7 casos donde no hubo violaciones de evitó que se consignara el asunto ante un juez.
b. Nuestra propuesta:
Buscando formas de participar en solucionar la problemática de justicia penal analizamos sistemas de otros países y nos convencimos que era El Sistema de Justicia Penal Acusatorio basado en juicios orales y salidas alternas a juicio, parte importante de la solución.
Nuestro convencimiento sobre dicho sistema se generó en gran medida por los resultados obtenidos en Santiago de Chile, ciudad a donde acudimos a capacitarnos y vivenciar su aplicación durante algún tiempo, ya que ellos lo habían implementado en sustitución a un sistema muy parecido al nuestro.
En el año 2002 presentáramos en Nuevo León una iniciativa de reforma al sistema de justicia que contemplaba la inclusión de un sistema penal acusatorio, pero que desafortunadamente no prosperó. Sin embargo, a partir de entonces hemos estado capacitándonos y trabajando con el Gobierno del Estado de Nuevo León a fin de lograr implementar un Sistema de Justicia Penal Acusatorio integral.
La gráfica que a continuación se muestra nos indica las nuevas etapas de que se compone el sistema penal acusatorio así como las respectivas audiencias que en cada una de ellas se lleva a cabo.
c. Beneficios de la Reforma:
El contar con una reforma donde se implemente El Sistema de Justicia Penal Acusatorio basado en juicios orales y salidas alternas a juicio de una manera integral, generaría los siguientes beneficios:
- Tener un sistema de juicios abiertos al público que promueve transparencia, seguridad ciudadana y evita la corrupción de las autoridades.
- Juicios que generen credibilidad y confianza, pues la información que en ellos se obtiene es valorada directamente por el juez, sin intermediarios y en presencia de la sociedad.
- El sistema contaría con jueces de control que vigilan y controlan los actos y prácticas que el ministerio público ejerce contra los ciudadanos.
- El sistema exige profesionalizar la investigación de las policías a fin de elevar sus estándares de trabajo y sean menos los casos que queden impunes (policía científica).
- Se promovería el uso de “salidas alternas” a fin de que no todos los asuntos vayan a juicio y las autoridades encausen sus recursos en los asuntos más relevantes y de trascendencia social.
- El uso de la prisión preventiva sería más racional y se buscaría que las personas realmente peligrosas sean las que estén en prisión. Además con ello se evita la contaminación carcelaria.
- A través del Juez de Ejecución los sentenciados recibirían un tratamiento de reinserción efectivo y vigilado, que daría la oportunidad de reintegrarse a la vida productiva.
- El proceso garantizaría que la voz de la víctima sea escuchada y su versión de los hechos llegue directamente al Juez, permitiéndole reclamar y demandar que se le repare el daño.
- De igual forma garantizaría que todos los involucrados sean tratados con dignidad y que no se violenten sus derechos humanos.
- La reforma garantiza que los jueces conozcan y escuchen directamente a los acusados, víctimas y testigos en vez de que juzguen a una persona a través de un documento.
- Los acusados directamente se percatan del trabajo de su defensor y pueden ejercer su defensa de mejor manera.
- Se daría orden, unidad y expedites al desahogo de los casos. Como referencia, el primer juicio oral en Nuevo León duró 2 meses y 20 días.
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